martes 23 de abril de 2024 10:11:06

TURISMO: Crotto expresó que los feriados van a beneficiar a la Provincia

0

 El secretario de Turismo de la provincia de Buenos Aires, Ignacio Crotto, celebró la firma del decreto 1584 y 1585 efectuado por la Presidenta en el marco del ordenamiento de los feriados programados para los próximos tres años.  El decreto que eleva a 15 los feriados anuales busca una mejor planificación de la actividad turística e incentiva el turismo interno a lo largo y ancho del país.  En esta línea, Crotto señaló que “el ordenamiento de los feriados beneficia a todos los argentinos, a su vez impulsa y promociona una actividad económica, que es generadora de empleo y motor del desarrollo de economías regionales” Además reiteró que “sin duda la provincia de Buenos Aires va a ser una de las más beneficiadas con esta medida, ya que es la que más turismo interno recibe”.  La norma contempla entre sus modificaciones la anulación del decreto 21329, firmado Jorge Rafael Videla en 1976 que eliminaba las celebraciones de carnaval, sumándose de esta manera dos feriados al mes de febrero.  Asimismo, se agrega un nuevo día al calendario patrio; el 20 de noviembre, cuando se conmemorará el día de la Soberanía, en homenaje a la batalla de la Vuelta de Obligado, ocurrida en 1845.  Por otra parte, se introduce el concepto de feriado “puente”, ya que cuando alguna de las celebraciones inamovibles sea un martes o un jueves, el lunes o viernes consecutivo también se hace feriado. Además, el día de la Raza pasará a festejarse el segundo lunes de octubre, como día del respeto a la diversidad cultural.  También establece como días no laborables para aquellos que profesen la religión judía e islámica; los días del Año Nuevo, el día del Perdón y de la Pascua en el caso de la religión judía, mientras que para la religión islámica establece día del Año Nuevo Musulmán, el día posterior a la culminación del ayuno y el día de la Fiesta del Sacrificio.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *